Preguntas Frecuentes

Le acompañamos a transitar por este proceso para que no se convierta en un proceso lento y tedioso, el cual, según la información de la Dirección General de Migración y Extranjería, se debes presentar una solicitud formal con tus datos personales, motivo de la solicitud, domicilio y cómo recibir notificaciones. Esta solicitud debe ser firmada por usted ante un funcionario o con firma autenticada por un abogado.

También necesitara:

  • Dos fotografías recientes tamaño pasaporte.
  • Certificado de nacimiento original de su país, legalizado o apostillado y, si no está en español, traducido por un traductor oficial costarricense. Es importante que los datos del certificado coincidan con los de tu pasaporte y que el documento esté en perfecto estado.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen o de donde hayas residido legalmente los últimos tres años, también legalizado o apostillado. Si es de países como México, Brasil, EE. UU. o Canadá, se requieren certificaciones que cubran la jurisdicción local y federal, incluyendo revisión por nombre, número de identificación y huella dactilar si aplica. Si hay arrestos o procesos pendientes, debe presentar certificaciones del resultado de esos procesos.
  • Fotocopia de las páginas de su pasaporte con sus datos, sello de ingreso a Costa Rica y visa (si aplica), certificadas por un notario o confrontadas con el original por un funcionario.

Solvencia Económica

Si su categoría migratoria lo requiere, debes demostrar solvencia económica con uno de los siguientes documentos:

  • Orden patronal o cartas de empleadores indicando salario, años de servicio y puesto.
  • Certificación de jubilación (si aplica).
  • Certificación de contador público autorizado sobre sus ingresos y egresos, o estados financieros auditados de personas jurídicas.
  • Para estudiantes, certificación de contador público o de la institución que otorga la beca.
  • Fotocopia del programa de voluntariado con detalles de financiamiento.
  • Si no puede aportar ninguno de estos documentos, se acepta una declaración jurada explicando la situación y detallando el origen de tus ingresos. En el caso de menores de edad o dependientes económicos, la declaración jurada la hará la persona responsable.

Consideraciones Adicionales Importantes

  • Debes presentar un comprobante de toma de huellas
  • Cualquier documento que no esté en español debe ser acompañado por su traducción oficial.
  • Todo documento público extranjero debe estar apostillado o legalizado por el Cónsul de Costa Rica en tu país y autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica.
  • Si tu certificado de nacimiento no indica los nombres de sus padres, deberá adjuntar una declaración jurada protocolizada con esos datos.

Asesoramiento Legal y Prevención:

  • Informar sobre derechos y obligaciones: Se le orientara sobre sus derechos y responsabilidades según el Código de Trabajo y la legislación laboral costarricense. Esto incluye temas como salarios, jornadas laborales, vacaciones, despidos, beneficios, acoso laboral, discriminación, etc.
  • Revisión de contratos y políticas: Ayuda a redactar o revisar contratos laborales, reglamentos internos y políticas de empresa para asegurar que cumplan con la ley y prevenir futuros conflictos.
  • Diagnóstico de riesgos laborales: Identifica posibles irregularidades o prácticas que puedan generar gastos innecesarios o disputas laborales.

Negociación y Conciliación:

  • Representación en negociaciones: Representación en conversaciones con la otra parte para buscar un acuerdo amistoso. Esto puede incluir la negociación de condiciones de empleo, acuerdos colectivos o la resolución de disputas antes de llegar a instancias judiciales.
  • Asistencia en conciliaciones: En Costa Rica, la conciliación es una etapa formal y común en la resolución de conflictos laborales. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ofrece servicios de conciliación, y también existen centros privados autorizados. Le guiaremos durante este proceso, ayudando a alcanzar un acuerdo mutuamente aceptable que tenga fuerza de ley.

Mediación y Arbitraje (Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos):

  • Mediación: Se le puede facilitar un proceso de mediación, donde un tercero neutral ayuda a las partes a comunicarse y encontrar una solución consensuada. Si la mediación es exitosa, se llega a un acuerdo final.
  • Arbitraje: Aunque no es el método más común para disputas individuales, las partes pueden acordar someterse a un arbitraje, donde un árbitro toma una decisión vinculante (laudo arbitral) que resuelve el conflicto. Es importante destacar que los acuerdos de arbitraje previos al conflicto están prohibidos en materia laboral en Costa Rica, por lo que las partes deben acordarlo una vez que surge la disputa.

Litigio (Proceso Judicial):

  • Presentación de demandas: Si los métodos alternativos no tienen éxito o si la situación lo amerita, se presenta una demanda ante los Tribunales de Trabajo.
  • Representación en juicio: Se representará en todas las etapas del proceso judicial, presentando pruebas, argumentos y defendiendo sus intereses. Esto puede incluir casos de despidos injustificados, cobro de prestaciones, reclamos por salarios impagos, acoso, discriminación, etc.
  • Búsqueda de indemnizaciones: En casos de violación de derechos laborales, se buscará que el trabajador afectado reciba las indemnizaciones o compensaciones correspondientes.

Nos complace brindarle una guía concisa sobre los requisitos clave para iniciar un negocio en Costa Rica. Implica una serie de pasos legales y administrativos, y es fundamental contar con asesoría experta para garantizar un proceso fluido y conforme a la ley.

A continuación, detallamos los aspectos principales que se necesitan para iniciar una empresa en Costa Rica:

  1. Definición del Tipo de Sociedad:

El primer paso es determinar la estructura legal más adecuada para su negocio. Las formas más comunes en Costa Rica son:

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL o Ltda.): Es la opción más popular para pequeñas y medianas empresas debido a su flexibilidad y la limitación de la responsabilidad de los socios al capital aportado.
  • Sociedad Anónima (SA): Generalmente utilizada por empresas de mayor tamaño, requiere de un capital social mínimo y una estructura más formal.
  • Empresario Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL): Permite a una sola persona separar su patrimonio personal del patrimonio de la empresa.
  • Sucursal de Sociedad Extranjera: Si ya tiene una empresa en otro país, puede establecer una sucursal.

La elección dependerá de la naturaleza de su negocio, el número de socios, el capital disponible y sus objetivos a largo plazo.

  1. Nombre de la Sociedad:

Se debe verificar la disponibilidad del nombre de la sociedad en el Registro Nacional. Es crucial que el nombre sea único y no genere confusión con nombres ya existentes.

  1. Constitución de la Sociedad (Escritura Pública):

La creación de la empresa se realiza mediante una escritura pública otorgada ante un notario público costarricense. Esta escritura debe contener, entre otros, los siguientes elementos:

  • Nombre y tipo de sociedad.
  • Objeto social (actividad o actividades a las que se dedicará la empresa).
  • Nombre, nacionalidad, estado civil, profesión y número de identificación de los socios.
  • Capital social y la forma de su suscripción y pago.
  • Nombramiento de los administradores (Junta Directiva en el caso de la SA o Gerencia en la SRL).
  • Domicilio social.
  • Plazo de duración de la sociedad.
  1. Inscripción en el Registro Nacional:

Una vez otorgada la escritura pública, esta debe ser inscrita en la Sección Mercantil del Registro Nacional para que la sociedad adquiera personalidad jurídica. Este proceso implica el pago de los derechos registrales correspondientes.

  1. Obtención de Personería Jurídica y Cédula Jurídica:

Tras la inscripción, el Registro Nacional emitirá la certificación de personería jurídica y la cédula jurídica (número de identificación fiscal de la empresa).

  1. Inscripción en la Dirección General de Tributación Directa (DGTD):

Es obligatorio inscribir la empresa ante el Ministerio de Hacienda para obtener la autorización de inicio de actividades y la correspondiente cédula de identificación tributaria. Esto implica:

  • Registro como Contribuyente: Para el pago de impuestos como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto sobre la Renta, etc.
  • Inscripción en el Régimen Simplificado (si aplica): Para ciertas actividades y volúmenes de ventas.
  1. Permisos de Operación y Licencias Municipales:
  • Patente Municipal: Toda empresa debe obtener una patente municipal en la municipalidad del cantón donde operará. Esta patente es un permiso de funcionamiento y se renueva anualmente.
  • Permisos Sanitarios (si aplica): Si su actividad involucra alimentos, salud, o productos que requieren control sanitario, deberá obtener el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud.
  • Otros permisos específicos: Dependiendo de la actividad comercial, podrían requerirse permisos adicionales de otras instituciones gubernamentales (por ejemplo, SETENA para impacto ambiental, SUGEF para servicios financieros, etc.).
  1. Inscripción en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS):

Si la empresa va a contratar empleados, es indispensable inscribirse como patrono ante la CCSS para cumplir con las obligaciones de seguridad social (cotizaciones obrero-patronales).

  1. Apertura de Cuenta Bancaria Corporativa:

Una vez que la empresa tiene su cédula jurídica, se puede proceder a abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad, lo cual es esencial para la gestión financiera del negocio.

El traspaso de una propiedad en Costa Rica implica varios costos, no solo los honorarios del abogado o notario, y todos se calculan sobre el valor del inmueble.

Componentes principales del costo de traspaso

  • Impuesto de Traspaso: Corresponde al 1.5% del valor declarado o fiscal de la propiedad (el que sea mayor) y debe pagarse antes de la inscripción en el Registro Nacional.
  • Sellos y Derechos Registrales: Aproximadamente el 0.8% del valor de la propiedad, incluyendo timbres fiscales, agrarios y del Colegio de Abogados.
  • Honorarios Notariales (Abogado): Estos se rigen por una tabla escalonada según el valor de la propiedad:
    • Hasta ₡200,000.00: 1.5%
    • De ₡201,000.00 a ₡500,000.00: 1.25%
    • De ₡501,000.00 en adelante: 1% Además, existe un honorario mínimo aproximado de ₡60,500.00 por la confección de la escritura.
  • Impuesto a las Ganancias de Capital (para el Vendedor): El vendedor paga el 15% de la ganancia neta obtenida por la venta.

Consideraciones adicionales

Los honorarios notariales están sujetos al 13% de IVA.